23 octubre, 2025

Veda electoral 2025: prohibiciones y sanciones en Argentina

Este domingo 26 de octubre se celebran elecciones de medio término en Córdoba, donde se eligen diputados y en otros puntos de Argentina, además, se vota para la renovación de senadores.

El Código Electoral Nacional establece que quedan prohibidas ciertas actividades para garantizar que los votantes decidan con libertad, sin la influencia directa de candidatos, partidos o medios de comunicación.

Cuando empieza la veda electoral

Según el artículo 71 del Código Electoral Nacional, la veda electoral comienza 48 horas antes del inicio de los comicios, es decir que inicia el viernes 24 a las 8 de la mañana, y se extiende hasta las 21 horas del domingo, tres horas después de su cierre, una vez finalizado el recuento de votos y las actividades en las mesas electorales.

El mismo criterio se aplica para los comicios provinciales y municipales: en cada jurisdicción la veda arranca dos días antes y rige hasta que termine el escrutinio.

Qué está prohibido

  • Actos públicos de campaña y reuniones partidarias.
  • Difusión de encuestas, sondeos o proyecciones sobre resultados.
  • Publicidad electoral en redes sociales, televisión, radio o vía pública.
  • Entrega de boletas o materiales partidarios cerca de los lugares de votación.
  • Venta de bebidas alcohólicas, prohibida desde el sábado a las 20:00 hasta el cierre de los comicios.
  • Espectáculos públicos, eventos masivos o actividades deportivas.
  • Exhibición de banderas o símbolos partidarios en la vía pública o en las inmediaciones de los centros de votación.
  • Tomar fotografías de la Boleta Única durante los comicios
  • Uso de distintivos partidarios dentro de los establecimientos donde se realiza la votación.

Sanciones y multas 

Infringir la veda implica multas que oscilan entre $50.000 y $300.000 para partidos, candidatos o medios, según la gravedad y reincidencia.

Las personas físicas pueden afrontar sanciones de $1.000 a $10.000 y, en casos reiterados, la inhabilitación temporal para ejercer cargos públicos o partidarios.

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