26 julio, 2025

El sueldo más alto que cobrará un empleado de comercio en agosto 2025

Los empleados de comercio llegaron a un nuevo acuerdo paritario que incluye un aumento salarial de 6% escalonado hasta fin de año, pero el mismo está pendiente de homologación. 

Al cierre de este artículo, también faltaba homologar el anterior acuerdo al que llegó la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECyS) con las cámaras del sector. Por eso, está en duda qué escala salarial aplicar para abonar el sueldo de julio de empleados de comercio, que se pagará en agosto. 

Sucede que para que un convenio paritario tenga fuerza de ley, es necesario que sea homologado con su publicación en el Boletín Oficial, algo que viene demorando durante meses el gobierno nacional en los casos como el de Comercio, cuyo acuerdo de abril era con suba por encima del 1% mensual que el oficialismo imponía, de manera de tener a raya la inflación. 

A falta de homologación, hubo empleadores que se negaron a cumplir con el acuerdo firmado en las negociaciones paritarias de abril-junio, pese a que en el mismo se incluyó el compromiso a no esperar la homologación para ello. FAECyS denunció por incumplimiento a supermercados mayoristas como Vital, Jaguar y Makro. Está pendiente entonces ver qué escala utilizarán los grandes empleadores de Comercio a la hora de liquidar los sueldos de julio. 

Acuerdo paritario de empleados de comercio

El acuerdo paritario de Empleados de Comercio de abril-junio 2025 implicó un incremento salarial acumulativo del 5,4%, a abonarse en tres tramos trimestrales, junto con sumas fijas mensuales de $35.000 en abril, $40.000 en mayo y $40.000 en junio, esta última a incorporarse al salario básico.

Al exceder el 1% que planteaba el Gobierno, ese acuerdo está pendiente de homologación. 

Sin perjuicio de lo anterior, FAECyS acordó con las cámaras el esquema salarial para el resto de 2025, con nuevas escalas a partir de julio para los haberes que se pagarán en agosto. El acuerdo estipula lo siguiente: 

  • 1% a partir de julio de 2025
  • 1% a partir de agosto de 2025
  • 1% a partir de septiembre de 2025
  • 1% a partir de octubre de 2025
  • 1% a partir de noviembre de 2025
  • 1% a partir de diciembre de 2025

Los incrementos se calcularían sobre las escalas básicas correspondientes al mes de junio de 2025. Además se agregan sumas no remunerativas de $40.000 mensuales en cada mes, que en diciembre pasarían a integrar el básico.

Escala salarial de empleados de comercio

Hasta el momento, como no está homologado el acuerdo paritario del segundo semestre de empleados de comercio, la escala oficialmente vigente de acuerdo a FAECyS sigue siendo la de la paritaria de abril, que es la siguiente: 

Personal de maestranza

  • Categoría A: $1.036.033
  • Categoría B: $1.038.917
  • Categoría C: $1.049.019

Personal administrativo

  • Categoría A: $1.046.856
  • Categoría B: $1.051.189
  • Categoría C: $1.055.517
  • Categoría D: $1.068.507
  • Categoría E: $1.079.330
  • Categoría F: $1.095.207

Personal de caja

  • Categoría A: $1.050.463
  • Categoría B: $1.055.517
  • Categoría C: $1.062.012

Auxiliares

  • Categoría A: $1.050.463
  • Categoría B: $1.057.679
  • Categoría C: $1.081.495

Auxiliares especializados

  • Categoría A: $1.059.126
  • Categoría B: $1.072.114

Vendedores

  • Categoría A: $1.050.463
  • Categoría B: $1.072.117
  • Categoría C: $1.079.330
  • Categoría D: $1.095.207

En caso de que se homologue el convenio a tiempo para el pago de los sueldos de julio, o que el empleador decida honrar el compromiso firmado por las cámaras en la paritaria aunque falte ese último paso oficial, esos salarios básicos deberán incrementarse un 1%, más la suma no remuerativa que corresponda. Además deberán calcularse las horas extra trabajadas y los plus que impactan en el sueldo de los empleados de comercio. 

Sueldos más altos de empleados de Comercio

De mantenerse las escalas vigentes, los sueldos básicos más altos de los empleados de comercio seguirán siendo los de personal administrativo categoría F y el de los vendedores de categoría D. En ambos casos, el salario de julio sería de 1.095.207 pesos

En Argentina, la categoría F para empleados administrativos dentro del convenio colectivo de empleados de comercio (CCT 130/75) corresponde a un segundo jefe o encargado de primera. Este rol implica supervisar a otros encargados y asumir la responsabilidad principal en ausencia del jefe.

En tanto que un vendedor de categoría D se considera un “jefe de segunda o encargado de primera”. Esto implica que el vendedor asiste al jefe de sección en sus responsabilidades y lo reemplaza en caso de ausencia.

Al mencionado sueldo básico se le suman distintos plus de acuerdo al trabajo desempeñado. Todos los empleados de comercio registrados reciben adicionales por horas extra, presentismo, antigüedad. Por ejemplo, les corresponde un 1% adicional sobre su salario básico por cada año trabajado por antigüedad. Además, los cajeros tienen un adicional por manejo de caja, que es un complemento remuneratorio, fijado porcentualmente, según las funciones asignadas al cajero. Este adicional se calcula sobre el sueldo inicial.

En el caso de las horas extra, el recargo es del 50% para las trabajadas en días comunes (lunes a sábado hasta las 13:00) y del 100% para las horas trabajadas en sábados después de las 13:00, domingos y feriados.

Vale la pena aclarar que todos estos datos corresponden a salarios básicos por categoría para los empleados de comercio registrados debidamente ante las autoridades impositivas y de Seguridad Social (ARCA y y ANSES) Aquellos que se desempeñan en la informalidad no tienen garantizados ni los valores para los sueldos de julio 2025 que se consignan en este artíuculo ni ninguno de sus derechos laborales. 

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