Conocé los errores más comunes cometidos por contribuyentes a la hora de enviar dinero.
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La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) actualizó los montos a partir de los que los bancos y billeteras virtuales deberán informar los movimientos de los clientes. Aunque esto no afecta directamente a los contribuyentes, es crucial tener en cuenta las nuevas modificaciones.
La ex AFIP se encarga de monitorear las transferencias con el objetivo de controlar que no hayan contribuyentes evasores. Sin embargo, existen varios errores que uno puede cometer cuando realiza una transferencia y que es mejor evitarlos para no tener problemas con el organismo.
ARCA: las cinco cosas que debes evitar a la hora de hacer una transferencia
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- Transferir montos que excedan el tope permitido: A pesar de que se ampliaron sus límites, es importante conocer los montos permitidos, ya sea por el banco o por billeteras virtuales.
- Exceder el monto máximo sin declarar: Las transferencias con billeteras virtuales no deben superar los $2.000.000 sin respaldos en los ingresos previamente declarados.
- No poder justificar los fondos de las cuentas bancarias o billeteras virtuales: Las operaciones deben estar respaldadas, aunque sean transferencias entre cuentas propias. En caso de no contar con ellos, el banco deberá informar las operaciones y ARCA podrá solicitar documentación que pruebe el origen legal de los fondos.
- Superar los límites permitidos sin justificación: quiénes no tengan sus ingresos formales, tiene un límite de $1.000.000 para sus movimientos, ya sea de ingresos y egresos. En caso de sobrepasarlas, ARCA podría iniciar una inspección.
- No responder a las solicitudes del banco o empresa de billetera virtual: si se exige la documentación para justificar el origen de los fondos, es importante no tener demoras para evitar el Reporte de Operación Sospechosa (ROS) ante la Unidad de Información Financiera (UIA).
ARCA: nuevos montos a partir los cuales los bancos deben informar los movimientos
Estos son los montos que los bancos tendrán que informar a partir de este año y qué es lo que se debe comunicar por cada uno:
$600.000
- Total de consumos con tarjetas de débito del país.
- Ingresos o egresos totales en billeteras virtuales.
$1.000.000
- Total de acreditaciones bancarias registradas en el mes.
- Total de depósitos a plazo constituidos en el mes.
- Extracciones en efectivo en el país o en el exterior, por ventanilla, cajero automático o cualquier otro medio.
- Saldo final en cuentas bancarias al último día hábil de cada mes.
- Saldo final en billeteras virtuales al último día hábil de cada mes.
$2.000.000
- Aplicable solo para billeteras virtuales, en caso de transferencias bancarias o virtuales superiores a dicho monto.