El día de las elecciones generales pautadas para el 22 de octubre, las autoridades de mesa, junto con los fiscales y los miembros de las Fuerzas Armadas, son los primeros en presentarse en las mesas de votación y los últimos en retirarse. Cada mesa contará con un presidente y un vice, quienes serán las máximas autoridades durante los comicios.
El presidente y vicepresidente de las mesas son anunciados con una antelación superior a los 30 días de la elecciones, y quienes brinden sus servicios en las internas deberán hacerlo nuevamente el 22 octubre y en noviembre, en caso de haber balotaje.
El día de las elecciones, las autoridades de mesa deberán presentarse a las 7.45 en su mesa. Junto a ellos también deben estar los suplentes, el empleado del correo con los documentos y los agentes de seguridad que tengan asignada dicha sede.
Elecciones 2023: quiénes pueden ser autoridad de mesa«Se puede definir al Delegado de la justicia Nacional Electoral como aquel ciudadano designado por el Juzgado Federal con competencia electoral para actuar durante el proceso electoral- como nexo entre dicho juzgado y las autoridades de mesa, fiscales partidarios, ciudadanía y personal de seguridad», explica la web de la Cámara Nacional Electoral.
Para ser autoridad de mesa es imprescindible que aparezcan habilitados en el padrón electoral para que puedan ser designados, y tanto el titular como el suplente deben estar presentes al momento del inicio y el final del acto electoral, «siendo su misión especial velar por el correcto y normal desarrollo del mismo», según determina la Ley 19.945.
Requisitos para ser autoridad de mesa
Ser un elector hábil.
Tener entre 18 y 70 años.
Residir en la sección electoral donde deba desempeñarse.
Saber leer y escribir.
Estar inscripto/a en el padrón electoral.
No estar afiliado a ningún partido político.
Qué rol cumple las autoridades de mesa
El presidente y vicepresidente de mesa son las máximas autoridades el día de los comicios: son quienes registran el voto de cada ciudadano, las primeras personas en llegar a la sede de votación y las últimas en retirarse.
Son, además, las encargadas de entregar al elector una boleta oficial de sufragio correspondiente al distrito de adjudicación del voto firmada en el acto de su puño y letra.
Qué hace un presidente de mesa
El Juzgado Electoral explica que las principales funciones de un presidente de mesa son recibir el material electoral y preparar el cuarto oscuro, identificar a los electores de la mesa y realizar el escrutinio.
Además, también son los encargados de llenar la documentación electoral y entregárselas al personal del correo al cierre del acto electoral.
Qué es ser fiscal de mesa
Por su parte, los fiscales de mesa son personas afiliadas a agrupaciones políticas que representarán al partido el día de las elecciones. «Su misión es controlar y verificar, durante el transcurso del acto eleccionario, el debido cumplimiento de las disposiciones legales vigentes», detalla la web del Estado argentino.
Elecciones 2023: las autoridades de mesa deben ser las primeras y últimas en irse del lugar.El día de los comicios, los fiscales de mesa pueden:
Entrar y salir libremente del establecimiento de votación.
Pedir que se examine el cuarto oscuro cuantas veces se considere necesario.
Estar presente cuando se acondicione el cuarto oscuro.
Entregar las boletas de la agrupación política que representan a las autoridades de mesa para su colocación en el cuarto oscuro y su eventual reposición.
Controlar la existencia del elector en el padrón.
Solicitar la impugnación de la identidad del elector o electora si así lo considera y justificarlo.
Presenciar el escrutinio de mesa.
Recurrir los votos por las razones que la ley contempla y justificarlo.
Reclamar ante cualquier irregularidad.
Solicitar el certificado de escrutinio con los resultados correspondientes en la mesa en la que actuaron.
Cómo excusarse como autoridad de mesa
Si los ciudadanos designados como autoridades de mesa no se presentan o hacen abandono de sus funciones se verán expuestas a posibles penas de prisión de seis meses a dos años, según establece el artículo 132 del Código Electoral Nacional, salvo que puedan justificar su ausencia en los tiempos estipulados por ley.
La Ley 19.945 también establece que por razones «de enfermedad o fuerza mayor debidamente justificadas la ciudadana o el ciudadano designado como autoridad puede no ejercer esta función».
«También quedan exceptuados aquellas personas que cumplen funciones de organización y/o dirección de un partido político o sea candidata o candidato en las elecciones», añade.