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19 noviembre, 2024

Reforma laboral: qué es y de qué trata el punto 7 del Pacto de Mayo de Javier Milei

El anuncio del denominado Pacto de Mayo Javier Milei lo hizo el 1° de marzo, durante la apertura de sesiones legislativas. Dos meses y medio después, la situación del Congreso cambió y el proyecto oficial de la Ley Bases tuvo modificaciones, sobre todo en un punto central, el número 7, el capítulo destinado a la reforma laboral.

«Acordar una reforma laboral moderna que promueva el trabajo formal«, sostiene el punto redactado entre los 10 mandamientos que planteó Milei ese día en el Congreso de cara a la cumbre prevista para el 25 de mayo en Córdoba.

Eran tiempos todavía en los que el Gobierno incluía una reforma laboral con modificaciones contundentes al sistema actual, todas incluidas en el DNU original presentado en diciembre por Javier Milei y sus ministros, en un mensaje hacia todo el país.

Pero no todas fueron confirmadas, y cerca de 40 artículos incluidos en el proyecto de ley quedaron desactivados en el último debate en el Congreso Nacional, cuando la Ley Bases tuvo media sanción en Diputados. Así, el Gobierno logró destrabar en esa instancia al menos una discusión que se había judicializado y llegado a la Cámara de Apelaciones del fuero laboral, que se había despachado con un fallo contrario al Ejecutivo.

Por tanto, se espera que el 25 de Mayo, si la Ley Bases pasa el filtro también del Senado, desde el Gobierno destaquen el acuerdo logrado en torno a la reforma laboral que finalmente se aprobó, con aval de gran parte de la política y también del sindicalismo.

Qué cambios hubo en Diputados

Del debate en Diputados terminó quedando un acuerdo en torno a 16 artículos, entre los que sobresalen el establecimiento de un plazo de 6 meses de prueba con la posibilidad de que las convenciones colectivas de trabajo puedan ampliar hasta 8 meses en los casos de empresas de 6 a 100 trabajadores. Mientras que el período se puede extender hasta un año en las empresas de hasta cinco trabajadores.

Se aclara también que un empleador no puede contratar a un mismo trabajador, más de una vez, utilizando el período de pruebaa. Y se deja en claro que el uso abusivo del período de prueba para evitar la efectivización de trabajadores será pasible de las sanciones previstas. Durante el período de prueba, el empleado tendrá acceso a las prestaciones por accidente o enfermedad del trabajo.

También hubo cambios en lo que tiene que ver con la imposición de multas y sanciones a los trabajadores por el bloqueo de empresas. El proyecto preveía penas de 6 meses a 3 años de cárcel para los bloqueos sindicales, que finalmente no quedaron incluidas en el texto legislativo.

Además quedó marginado el artículo que atacaba los intereses de los sindicatos, ya que no se incluyó la normativa que promovía la eliminación de la cuota sindical.

Como parte de la reforma se eliminan las multas por trabajo no registrado. Esto se aplica si el empresario blanquea a aquellos trabajadores que tienen en negro. La medida apunta a incentivar el empleo registrado.

Vale aclarar que si una empresa tiene a la mayoría de sus trabajadores no registrados terminará pagando las multas. Se incluye una opción del ffondo de cese laboral por convenio, un sistema similar al que aplica en el gremio de la construcción (Uocra). También se incluye la posibilidad de contratar un seguro.

En los casos de despido sin justa causa, se deberá abonar al trabajador una indemnización equivalente a un mes de sueldo por cada año de servicio o fracción mayor de tres meses. También se aclara en el articulado que «la base de cálculo de esta indemnización no incluirá el Sueldo Anual Complementario, ni conceptos de pago semestral o anual». La nueva versión de la reforma laboral también incluye el agravamiento indemnizatorio por despido discriminatorio.

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