“Mi coche ya casi es histórico” es una frase cada vez más habitual y refleja dos realidades que conviven en España: el envejecimiento del parque y el creciente interés por el vehículo histórico, cuyo número casi se cuadruplicó en un año, al pasar de 48.000 a 175.753 unidades, según datos de la DGT.
Este aumento, promovido por el cambio de normativa del Reglamento de Vehículos Históricos publicado en octubre de 2024, ha llevado al Ministerio de Industria y Turismo a contemplar más detalles sobre este tipo de vehículos en el Manual de Procedimiento de Inspección de las Estaciones ITV v7.9, en vigor desde el 1 de enero de 2026.
Por ello, a continuación te contamos cuáles son los cambios más importantes que buscan que no haya diferencias entre estaciones y reforzar criterios según la época y la configuración de cada vehículo histórico.
Esto es todo lo que cambia este 2026 para los vehículos históricos / Freepik
Reformas en históricos: qué conviene saber antes de tocar nada
En la práctica, uno de los cambios más relevantes afecta al alumbrado y la señalización, ya que incorpora referencias temporales ligadas a la fecha de homologación, lo que acota qué elementos pueden exigirse en función del año del vehículo y evita discrepancias cuando se revisan componentes que no eran obligatorios en el momento de su fabricación o primera matriculación.
El manual también refuerza el apartado de reformas. En un vehículo histórico, además de la seguridad, se protege la originalidad y el carácter de época, y por eso la v7.9 incorpora de forma explícita el Reglamento de Vehículos Históricos como referencia aplicable junto al marco general.
Los expertos de TÜV Rheinland recomiendan que, si el vehículo presenta cambios respecto a su configuración de fábrica, se lleven bien documentados y se confirme previamente que encajan con el régimen histórico, ya que una reforma inadecuada puede complicar la inspección.
Históricos importados sin matrícula española: qué cambia
La novedad más relevante para quien quiere matricular un clásico importado es la incorporación de un procedimiento específico para los vehículos históricos del Grupo B, es decir, aquellos que llegan sin matrícula española y se presentan a inspección con fines de matriculación.
El manual deja por escrito qué documentación debe aportarse (incluido el informe técnico favorable del Servicio Técnico de Vehículos Históricos, o el documento alternativo en algunos ciclomotores), qué se comprueba primero (que los papeles estén completos y correspondan al vehículo) y qué debe quedar reflejado en la Tarjeta ITV si el resultado es favorable, incluyendo datos del vehículo, próxima inspección o exención y posibles limitaciones.
Eso sí, las sanciones se mantienen
En materia de cumplimiento, TÜV Rheinland recuerda que circular con la ITV caducada conlleva habitualmente una sanción de 200€, y hacerlo con ITV desfavorable también puede implicar 200€ si se circula fuera de los desplazamientos estrictamente necesarios para subsanar y volver a inspección.
En caso de ITV negativa, la sanción referenciada es de 500€ y el vehículo no debería circular por vía pública. La DGT establece, además, que los vehículos catalogados o clasificados como históricos quedan exentos de la colocación de la pegatina de la ITV (distintivo V-19).
