Editorial
Justicia y tecnología. Fallo histórico contra la pedofilia digital
Crear imágenes de abuso sexual infantil mediante inteligencia artificial es delito penal. Urge modernizar y actualizar la legislación relacionada con un fenómeno que normaliza temas aberrantes.
07 de julio de 2025, 00:01
En un pronunciamiento que marca un antes y un después en la Justicia argentina, la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal del Departamento Judicial Zárate-Campana dictó un fallo histórico: crear imágenes de abuso sexual infantil mediante inteligencia artificial (IA) es delito penal.
El caso que detonó esta resolución surgió de la denuncia contra un hombre acusado de publicar y distribuir imágenes de menores de entre 3 y 13 años en actos sexuales.
Aunque la defensa sostuvo que no existían víctimas reales y que el material podría haber sido generado digitalmente, los jueces Mariano Magaz, Humberto Bottini y María Pía Leiro fueron contundentes: las representaciones virtuales también dañan y normalizan una conducta aberrante.
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La clave del fallo reside en la interpretación del artículo 128 del Código Penal, reformado por la ley 27.436, que habla de “representaciones” de menores en actividades sexuales.
Para los magistrados, dicho término abarca “imagen o idea que sustituye a la realidad”, incluidas las creadas de modo artificial, sin importar la técnica utilizada.
Esta interpretación progresiva llena un vacío legal que venía generando preocupación entre fiscales y especialistas, y sienta un precedente en la lucha contra la explotación sexual infantil en la era digital.
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El fallo no sólo protege a las infancias de nuevas formas de violencia sexual; también envía un mensaje claro: el daño social de este material no se mide únicamente por la existencia de víctimas reales identificables, sino por su capacidad de fomentar la demanda y la fantasía pedófila.
Permitir estas producciones implicaría, en palabras del tribunal, “normalizar la pedofilia”, un riesgo inaceptable para la libertad y la integridad sexual de las infancias.
El debate que abre el fallo es profundo. Algunos sostienen que penalizar imágenes que no tienen víctimas físicas vulnera la libertad de expresión o entra en el terreno de castigar pensamientos. Otros advierten que es imperioso actualizar las leyes argentinas, y ponen como ejemplo la ley “Take It Down”, de Estados Unidos, que combate las deepfakes sexuales y la difusión no consentida de imágenes íntimas.
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Además, expertos recuerdan que, aunque las imágenes sean creadas por IA, suelen basarse en fotos reales de niños, lo cual constituye una violación de su privacidad.
La IA es una de las herramientas más poderosas de nuestro tiempo, capaz de generar avances extraordinarios en salud, educación, ciencia y arte.
Pero también puede ser usada como arma para propagar delitos, como la explotación sexual infantil.
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La sociedad no puede permitirse mirar para otro lado. La IA debe ser utilizada para el progreso y el bienestar colectivo, no para fabricar imágenes que perpetúan el abuso, la violencia y el crimen.
La Justicia argentina da un paso firme al llenar un vacío legal que el Congreso deberá terminar de cerrar con leyes claras y más actualizadas.
También debiera darse el debate educativo en escuelas y en otros centros sociales, en contextos seguros y con información seria y verificada, para que los jóvenes tomen conciencia del alcance que puede tener este tipo de acciones.