26 junio, 2025

La justicia suspende la multa de Consumo a Ryanair y avala el cobro de la maleta de mano

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha suspendido las sanciones impuestas por el Ministerio de Consumo a Ryanair y Norgewian sobre el cobro de equipaje de cabina, que ascendían a 107 millones y 1,6 millones, respectivamente. Ambas empresas podrán seguir aplicando su actual política de equipajes hasta que haya una resolución en firme.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo ha acordado acceder a las medidas cautelares, con la condición de que las empresas aporten un aval bancario por la cuantía de la multa más la cantidad estimada en intereses. Entre otros razonamientos jurídicos, el tribunal afirma que suspende la sanción por la “imposibilidad (en este momento procesal) de prejuzgar el fondo del asunto” y porque resulta “evidente que la suma exigida es, ciertamente, muy levada, y su pago anticipado provocaría un desfase y dificultades a la tesorería de la parte recurrente”.

El Ministerio de Consumo impuso el año pasado multas a Ryanair, Easyjet, Norwegian, Vueling y Volotea por un total acumulado de 179 millones de euros por cobrar por el equipaje de mano, así como por otras prácticas como cobrar por reservar asientos contiguos para acompañar a personas dependientes o a menores, y por no permitir el pago de estos sobrecostes en metálico. También por exigir un pago por la impresión de la tarjeta de embarque en el aeropuerto, por omisiones de información y por la falta de claridad en los precios publicados en su web y en la de terceros.

Todas las empresas recurrieron la sanción y solicitaron medidas cautelares, por lo que la Asociación de Líneas Aéreas (ALA) confía en que esta decisión de los tribunales sobre Ryanair y Norwegian se extienda “al resto de compañías afectadas”. Y defienden que esta decisión de la justicia madrileña “evidencia las dudas” sobre una sanción que, a su juicio, va en contra del Reglamento Europeo.

A principios de junio, el Consejo de la Unión Europea (UE) decidió reformar el reglamento para permitir a las compañías aéreas cobrar por llevar una maleta en cabina, al limitar las dimensiones del bulto de mano gratuito a una mochila o maletín (40x30x15). Las empresas consideran que esa decisión establece “una única normativa a nivel europeo, despejando las dudas de los consumidores sobre la política de equipaje en cabina”.

Pero la reforma del reglamento no es inmediata, sino que para que entre en vigor debe ser ratificado por el Parlamento Europeo y el tanto el Gobierno español como las asociaciones de consumidores han avanzado que intentarán convencer a los eurodiputados para evitar la aprobación de esta norma.

Según las empresas, la prohibición de cobrar por la maleta de mano supone un agravio comparativo respecto a otros países, donde esta práctica no está vetada, y perjudicaría gravemente y de forma irreversible a muchos pasajeros. Según los datos de ALA, alrededor de un 40% de los pasajeros que compran la tarifa básica no compran servicios adicionales. “De aplicarse la prohibición de la práctica, unos 50 millones de personas en España deberán pagar por servicios que no necesitan”, insisten.

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