La Corte Suprema de Justicia ordenó al Congreso a darle un marco de ley al método de reproducción asistida que implica congelar embriones al exhortar al Poder Legislativo a «analizar la necesidad o conveniencia de regular la criopreservación» en un fallo que trascendió este martes.
El pedido se dio en el marco de la resolución de un recurso de queja que presentaron el fiscal general y una defensoría judicial de menores, en una causa que se abrió cuando una pareja solicitó interrumpir la preservación de tres embriones obtenidos mediante técnicas de reproducción humana asistida.
La clínica, de la Ciudad de Buenos Aires, que tenía en guarda los embriones, contestó que solo podrían acceder al pedido de la pareja con una autorización judicial, porque la cuestión no se encontraba legislada.
En primera instancia se rechazó el pedido de la pareja. Esa decisión fue apelada y revocada en la revisión.
Entonces, la Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil consideró que, al no haber controversia entre las partes por la decisión de finalizar el contrato de la pareja con la clínica, era innecesaria la autorización judicial para disponer de los embriones.
Allí intervino el Estado, a través del fiscal general y la defensora Pública de Menores e Incapaces ante la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, quienes interpusieron recursos hasta llegar por queja a la Corte.
El fiscal general fundamentó su legitimación en el artículo 120 de la Constitución Nacional, que le asigna la función de promover la actuación de la justicia en defensa de la legalidad y de los intereses generales de la sociedad.
Los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti sostuvieron en su fallo que “los actores consintieron la decisión que puso fin al pleito, la clínica que preserva los embriones manifestó no tener interés en ser parte del litigio y la titular del Ministerio Público de la Defensa —que ante la cámara y ante esta Corte, a través del señor Defensor General Adjunto de la Nación, había asumido la representación de los embriones— desistió del recurso de queja” y que, ante ese escenario no había caso a tratar: «El presente proceso judicial, por los contornos que reviste, se encuentra concluido«, sostuvieron.
De esta manera, la Corte no podía emitir un pronunciamiento debido a la ausencia de una controversia que habilite su jurisdicción, conforme al artículo 116 de la Constitución Nacional.
Allí vino la aclaración sobre el marco legal del procedimiento en congelamiento de embriones. “No se puede soslayar la trascendencia de la problemática de fondo y la incertidumbre que esta genera en los distintos sujetos que intervienen en las técnicas de reproducción humana asistida con criopreservación de embriones, derivadas principalmente de la falta de regulación en la materia”, sostuvo el dictamen de la Corte, que exhortó al Congreso “para que estime la necesidad o conveniencia de hacer uso de sus atribuciones constitucionales para regular específicamente la materia en cuestión”.
40.000 embriones congelados que no se usan y la Justicia no sabe qué hacer
La Sociedad Argentina de Medicina Reproductiva (SAMeR) estima que para el año 2021 en Argentina existían unos 40.000 embriones congelados en distintos centros del país y que la mitad no tiene destino reproductivo.
Un gran porcentaje de pacientes que recurren a un tratamiento de reproducción asistida tienen embriones excedentes, es decir, que probablemente no serán utilizados. Dichos embriones tienen tres destinos posibles: usarlos para futuros embarazos, pagar un mantenimiento indefinido en el centro o donarlos a otros pacientes.
Fernando Neuspiller, director del Instituto Valenciano de Infertilidad Buenos Aires, reveló que, según los registros de ese centro, «por cada pareja que acude a un tratamiento suelen congelarse entre uno y dos embriones, que son los que no se implantan en el útero de la madre. En total, se congelan por año aproximadamente 2.000 embriones, solamente en IVI Buenos Aires«.
Como la ley no regula el cese de la congelación de los embriones, los pacientes que no desean otro embarazo o que no pueden costear el mantenimiento anual no cuentan con muchas alternativas.
«Para ellos solo queda donarlos a otras parejas con fines reproductivos, una opción que suele despertar muchas dudas, pues muchas parejas piensan que si los donan será como tener un hijo o una hija con otra familia», comentó el especialista en una nota con Clarín.
Neuspiller explica que «donar embriones no es como dar en adopción, ya que el mismo no tuvo aún ni siquiera contacto con el vientre materno. Además, en muchos casos los pacientes recurren a bancos de óvulos o de esperma, por lo cual no siempre el material genético es el propio».
DS