Las empleadas domésticas que trabajan en casas particulares tendrán que calcular, en el corriente mes de en julio, el mismo valor mínimo oficial que correspondió a junio pasado, en función de que no se arribó a un acuerdo de incremento en la paritaria del sector.
De esta manera, sigue vigente la resolución 1/25 publicada en febrero pasado por el Gobierno nacional, donde se establecieron los montos mínimos para cada categoría.
Para la liquidación salarial de las personas contratadas por horas o por jornada se toman como referencia los siguientes valores mínimos: con retiro 2.863 pesos, mientras que sin retiro 3.089 pesos. Esos valores sirven para quienes trabajen para un mismo empleador, menos de 24 horas semanales.
Para el mes actual, las empleadas domésticas que desarrollan tareas bajo un esquema mensual cobrarán los siguientes montos: con retiro: 351.233 pesos y sin retiro 390.567 pesos.
Esos números comprenden a quienes están bajo el régimen de la ley N° 26.844, que trabajen 24 o más horas semanales para un mismo empleador, en forma proporcional a la cantidad de horas efectivamente trabajadas. Además, se deberán abonar los conceptos de antigüedad, aportes jubilatorios y obra social.
Vale recordar que todos los empleadores deben inscribir a sus empleados a su cargo en el registro de ARCA, sin importar la cantidad de horas de trabajo o la modalidad de contratación.